Aspectos Legales
En esta sección usted encontrara información sobre el Ordenamiento Jurídico Nacional y los distintos Tratados o Acuerdos internacionales suscritos y ratificados por Venezuela, que apoyan y garantizan la defensa de los derechos e intereses de la mujer víctima de violencia.
Esquema general del marco legal de los derechos de la Mujer
Declaraciones Internacionales
En el ámbito internacional existen cuatro declaraciones para la garantía de los derechos de las mujeres, a saber:
2. Declaración sobre la eliminación de la Violencia Contra la Mujer (1993).
4. IV Conferencia Mundial sobre la Mujer (1995).
5. Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.
1. Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW 1979)
Venezuela suscribió esta Convención en junio de 1980 y la ratificó en mayo de 1983: Este instrumento jurídico desarrolla tres principios fundamentales: la igualdad de resultado, la no discriminación y la responsabilidad del Estado para erradicar toda forma de discriminación y lograr la igualdad.
Disponible en web: www.un.org/womenwatch/daw/cedaw/text/sconvention.htm
Disponible en Dilo Mujer: Convention-CEDAW-Spanish.pdf
2. Declaración sobre la eliminación de la Violencia Contra la Mujer (1993)
Proclamada por la Asamblea General de Naciones Unidas, el 1 de diciembre de 1993. Incorpora la urgente necesidad de una aplicación universal a la mujer de los derechos y principios relativos a la igualdad, seguridad, libertad, integridad y dignidad de todos los seres humanos.
Disponible en web: https://www.ohchr.org/sp/professionalinterest/pages/violenceagainstwomen.aspx
Disponible en Dilo Mujer: Declaración_VCM_ONU_1993.pdf
3. Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer (1994)
También conocida como la Convención de Belem do Parà, celebrada en junio de 1994. Considera la violencia como una violación de los derechos humanos y libertades fundamentales, la cual debe erradicarse, como “condición indispensable para el desarrollo individual y social y la plena e igualitaria participación de las mujeres en todas las esferas de la vida” .En su articulado queda establecido, de manera clara e inequívoca, qué es la violencia, qué es una vida libre de violencia y cuáles son las medidas que deben adoptar los Estados, a corto, mediano y largo plazo, para prevenir, sancionar y erradicar la violencia. También establece el derecho del acceso a la justicia y la debida diligencia, que deben ser operativos en aras de garantizar los derechos humanos de las mujeres víctimas, en busca precisamente de una vida libre de violencia.
Disponible en: https://www.oas.org/dil/esp/convencion_belem_do_para.pdf
Disponible en Dilo Mujer: Convencion_Belem_do_Para.pdf
4. IV Conferencia Mundial sobre la Mujer (1995)
Celebrada en Beijing en 1995. Contiene el compromiso de las naciones de promover el avance y el empoderamiento de las mujeres de todo el mundo, incluido el derecho a la libertad de pensamiento, de conciencias, de religión y de creencias, contribuyendo así a la satisfacción de las necesidades morales, éticas, espirituales e intelectuales de las mujeres y de los hombres. Reconoció que la violencia contra las mujeres es un obstáculo para lograr los objetivos de igualdad, desarrollo y paz, ya que viola y menoscaba el disfrute de los derechos humanos y las libertades fundamentales de la mitad de la Humanidad.
Disponible en: https://www.un.org/womenwatch/daw/beijing/pdf/Beijing%20full%20report%20S.pdf
Disponible en Dilo Mujer: La Declaración de Beijing.pdf
5. Agenda 2030 y los Objetivos de desarrollo sostenible
La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, fue aprobada en septiembre de 2015 por la Asamblea General de las Naciones Unidas, establece una visión transformadora hacia la sostenibilidad económica, social y ambiental de los 193 Estados Miembros. La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, incluye 17 Objetivos y 169 metas. El objetivo número 5 de la Agenda 2030, se refiere a la Igualdad de Género y el empoderamiento de las mujeres.
Objetivo Nº 5: Lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las mujeres y las niñas.
Descripción: Si bien se han producido avances a nivel mundial en relación con la igualdad entre los géneros a través de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (incluida la igualdad de acceso entre niñas y niños a la enseñanza primaria), las mujeres y las niñas siguen sufriendo discriminación y violencia en todos los lugares del mundo. La igualdad entre los géneros no es solo un derecho humano fundamental, sino la base necesaria para conseguir un mundo pacífico, próspero y sostenible.
Si se facilita a las mujeres y niñas igualdad en el acceso a la educación, atención médica, un trabajo decente y representación en los procesos de adopción de decisiones políticas y económicas, se impulsarán las economías sostenibles y se beneficiará a las sociedades y a la humanidad en su conjunto.
Metas:
• Poner fin a todas las formas de discriminación contra todas las mujeres y las niñas en todo el mundo.
• Eliminar todas las formas de violencia contra todas las mujeres y las niñas en los ámbitos públicos y privado, incluidas la trata y la explotación sexual y otros tipos de explotación.
• Eliminar todas las prácticas nocivas, como el matrimonio infantil, precoz y forzado y la mutilación genital femenina.
• Reconocer y valorar los cuidados y el trabajo doméstico no remunerados mediante servicios públicos, infraestructuras y políticas de protección social, y promoviendo la responsabilidad compartida en el hogar y la familia, según proceda en cada país.
• Asegurar la participación plena y efectiva de las mujeres y la igualdad de oportunidades de liderazgo a todos los niveles decisorios en la vida política, económica y pública.
• Asegurar el acceso universal a la salud sexual y reproductiva y los derechos reproductivos según lo acordado de conformidad con el Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo, la Plataforma de Acción de Beijing y los documentos finales de sus conferencias de examen.
• Emprender reformas que otorguen a las mujeres igualdad de derechos a los recursos económicos, así como acceso a la propiedad y al control de la tierra y otros tipos de bienes, los servicios financieros, la herencia y los recursos naturales, de conformidad con las leyes nacionales.
• Mejorar el uso de la tecnología instrumental, en particular la tecnología de la información y las comunicaciones, para promover el empoderamiento de las mujeres.
• Aprobar y fortalecer políticas acertadas y leyes aplicables para promover la igualdad de género y el empoderamiento de todas las mujeres y las niñas a todos los niveles.
Disponible en Dilo Mujer: agenda-2030-y-los-objetivos-de-desarrollo-sostenible.pdf
Ordenamiento Jurídico Nacional que protegen la VCM
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999) es la norma suprema por excelencia y la base fundamental para la creación de una norma especial de protección para la mujer víctima de violencia. Propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación la vida, la libertad, la justicia, la igualdad y, en general, la preeminencia de los derechos humanos, lo cual constituye la base fundamental para el desarrollo y elaboración de una Ley especial relacionada con la protección de los derechos de la mujer.
Por otra parte, en el año 2014, se promulgo la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de violencia, con el objetivo de garantizar y promover el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, creando condiciones para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en cualquiera de sus manifestaciones y ámbitos.
Referencias: